El Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya del dia de ayer 22 de febrero, publica la Ley 3/2017, sobre obligaciones y contratos. Entre los aspectos más relevantes destacan el contrato de compraventa que se moderniza con la incorporación de Directivas europeas, avances significativos en materia de vivienda y los contratos de pensión vitalicia.
1. Entrará en vigor:
El 1 de enero de 2018 (excepto algunas disposiciones concretas relativas a persona y familia, a sucesiones y a los censos, que entrarán en vigor el próximo 1 de marzo de 2017).
2. El contrato de compravenda con un enfoque más moderno:
Destaca en la regulación de este contrato un incremento de la protección del consumidor y así se establece que el comprador de un piso podrá desistir y recuperar las arras si el banco le deniega la financiación necesaria.
Se incorporan las Directivas europeas 1999/44, sobre garantías de los bienes de consumo y 2011/83, sobre derechos de los consumidores.
3. Otros contratos que se regulan:
También regula el contrato de permuta, la cesión de solar o de aprovechamiento urbanístico a cambio de construcción futura.
4. Masoveria urbana:
Se da nueva redacción al contrato de masoveria urbana, que consiste en alquilar un piso a cambio de rehabilitarlo y mantenerlo.
5. Nuevas realidades sociales y personas mayores:
Se regulan los contratos de pensión vitalicia (violari) y el de alimentos.