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El índice de precios de referencia o la limitación de precios se han de aplicar también en el momento de determinar la renta de los contratos de temporada.


El concepto de arrendamiento de temporada queda limitado exclusivamente a los que tienen una finalidad de ocio, vacaciones o recreativa (tan sólo a estos se les pueden aplicar las normas relativas al arrendamiento para usos distintos del de vivienda).

Así lo dispone el Decreto Ley publicado hoy en el DOG, sobre medidas en materia de vivienda, que también regula otros requisitos en la redacción de los contratos de arrendamiento de viviendas.


Ante la complejidad de la normativa actual sobre los arrendamientos de vivienda, aconsejamos a los propietarios que, antes de formalizar un contrato, pidan asesoramiento a los Servicios Jurídicos de la Cámara.

Asesoría Legal de la Cámara, sentirte protegido por nuestra experiencia.


Si deseas conocer el texto íntegro del Decreto Ley 6/2024, sobre medidas urgentes en materia de vivienda, clica este enlace.


Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, Núm. 9150, de 25.4.2024. Decreto Ley 6/2024, de 24 de abril.


 

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