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El demandante “okupó” un piso y, atribuyéndose la condición de inquilino, lo subarrendó a dos personas. El Juzgado de 1ª Instancia le desestima la demanda y, lejos de intimidarse, apela la sentencia ante la Audiencia.

1. Los hechos:

Las subarrendatarias tenían que pagar 700 euros al mes y entregar al “okupa” una elevada suma de dinero en concepto de fianza.

Las subarrendatarias averiguaron que el legítimo propietario había denunciado la “okupación” del piso per un desconocido, decidieron no pagar al “okupa” y firmaron un contrato con el propietario.

2. La sorpresa:

El “okupa” demandó a las subarrendatarias por falta de pago, reclamación de la cantidad de 3.000 € y desalojo del piso.

El Juzgado de 1ª Instancia de Ibiza desestimó la demanda.

El “okupa”, lejos de intimidarse, apeló la sentencia ante la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.

3. La Sentencia de 2 de febrero de 2017 de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca:

Desestimó el recurso del ”okupa” y le condena a las costas del juicio, con pérdida del depósito para recurrir.


Si deseas leer el texto íntegro de la Sentencia de 2 de febrero de 2017 de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, clica aquí.

Fuente: Consejo General del Poder Judicial; y Servicios Jurídicos de la Cambra de la Propietat Urbana de Reus.

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