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Desde el 1 de marzo de 2018, la cuantía del subsidio por maternidad y paternidad, será del 100% sobre una nueva base reguladora. Así se regula en la DF 4ª de la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.

Hasta la indicada fecha de 1 de marzo, la prestación económica por maternidad y paternidad era equivalente al 100% de la base reguladora igual a la establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, que era: BC mes anterior, dividido por 30, o por el número de días cotizados.

Desde el 1 de marzo de 2018, la cuantía del subsidio por maternidad y paternidad, será del 100% sobre una nueva base reguladora.

La cuantía diaria de esta base reguladora será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas a este régimen especial de autónomos durante los 6 meses inmediatamente anteriores al del hecho causante entre 180 que, si el autónomo no ha estado de alta en el régimen especial durante esos 6 meses, se dividen las bases de cotización acreditadas en ese periodo entre los días en que el trabajador haya estado en alta.

Es decir: Base Cotización 6 meses anteriores  / 180 días; o bien: Base Cotización periodo menor / nº días cotizados en esos 6 meses.

Este nuevo sistema se considera más ajustado a la situación real del trabajador, al estar relacionado con la posibilidad introducida por la Ley de cambiar la base de cotización 4 veces al año, a fin de adaptarla mejor a los ingresos.

Ponemos algunos ejemplos:

Ejemplo A:

Si el autónomo ha cotizado los 6 meses anteriores al hecho causante por la base mínima de 919,80 euros y se acoge a la prestación por maternidad o paternidad, la base reguladora será: 919,80 x 6 / 180.

Ejemplo B:

Si ha cotizado los 6 meses anteriores, los 2 primeros por la base mínima y los 4 siguientes ha optado por la base máxima, la base reguladora será:  [919,80 x 2] + [3.751,20 x 4] / 180.

Ejemplo C:

Si ha cotizado únicamente 2 meses de los 6 anteriores, por la base mínima, la base reguladora será: 919,80 x 2 / 60

Ejemplo D:

Si ha cotizado únicamente 2 meses por la base mínima y 3 meses ha optado por la base máxima, en los 6 anteriores, la base reguladora será:

[919,80 x 2] + [3.751,20 x 3] / 150.


Puedes consultar la Ley 6/2017, clicando aquí.

Fuente: Servicio para Pymes y Autónomos de la Cámara de la Propiedad Urbana de Reus.

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