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El TS dictamina que la convivencia de uno de los cónyuges con una nueva pareja extingue el derecho de uso de la vivienda familiar tras el divorcio.


1. El divorcio, la custodia de los hijos, el uso de la vivienda familiar y la nueva pareja:

En caso de divorcio, el cónyuge custodio que vive con los hijos en la vivienda familiar, que tiene una pareja estable la cual entra a vivir en la vivienda, pierde el derecho al uso de la vivienda familiar.

El Tribunal entiende que la introducción de un tercero en la vivienda, en manifiesta relación estable de pareja con el progenitor que se benefició del uso por habérsele asignado la custodia de los hijos, cambia el estatus del domicilio familiar.

El derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar.


 2. Otros efectos, la pensión y el interés de los hijos:

Esta convivencia también afecta a otros aspectos de la separación como la pensión compensatoria e incluso el interés de los hijos, porque introduce elementos de valoración distintos de los que se tuvieron en cuenta inicialmente.


Es una información elaborada por los Servicios Jurídicos de la Cámara de la Propiedad Urbana de Reus.

Si te interesa conocer más detalles, puedes consultar el texto íntegro de la Sentencia del Tribunal Supremo de 20.11.2018, clicando aquí.


Fuente: Consejo General del Poder Judicial. Tribunal Supremo, Sala 1ª, Sentencia Nº 641/2018, de 20.11.2018. Ponente: SEIJAS QUINTANA, José Antonio.

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