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En una reciente sentencia, el TS ha resuelto que la fórmula que establece la Ley de Haciendas Locales para calcular la PlusValía municipal es válida.

En la sentencia del pasado día 27 de marzo, el Tribunal Supremo ha dictaminado  que la fórmula de cálculo que está establecida en la Ley de Haciendas Locales –basada en los valores catastrales-, para determinar el impuesto de PlusValía (Impuesto sobre el incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana), es plenament legal.


Estima el TS que la fórmula establecida por la actual Ley de Haciendas Locales no se ha declarado inconstitucional. La Ley impone al Ayuntamiento la obligación de circunscribirse a unos criterios técnicos (la fórmula de cálculo), que no puede ignorar, porque si adoptase otras fórmulas diferentes a la prevista en la ley, se podria considerar que está adoptando decisiones libres, antojadizas, en suma, arbitrarias.

La fórmula establecida por la actual Ley de Haciendas Locales no se ha declarado inconstitucional

Otra cosa diferente de la fórmula para determinar la PlusValía, es que se pruebe la inexistencia de incremento del valor de los terrenos y que se haya vendido con pérdidas, supuesto en el cual sí que se puede impugnar la liquidación del impuesto.


Es una información elaborada por los Servicios Fiscales de la Cámara de la Propiedad Urbana de Reus.


Si deseas consultar el texto íntegro de la Sentencia del Tribunal Suprem de 27 de marzo de 2019, clica aquí.


Fuente: Sentencia del Tribunal Supremo, de 27 de marzo de 2019, Nº. 419/2019, Sala de lo Contencioso, Sección 2ª. Ponente: DÍAZ DELGADO, José.

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